A cargo de un Director, designado de la misma manera que los Directores de Escuela, se ejecutarán las decisiones de la Asamblea de Facultad, del Consejo de Facultad y del Decano en las áreas que quedan determinadas en el artículo 18, del Reglamento general de esta Facultad. El cual establece:
Representantes Profesorales:
b) Colaborar en el desarrollo de las tareas de docencia de las Escuelas y del Centro de Estudios de Postgrado;
c) Colaborar en el desarrollo de las tares de investigación de las Escuelas e Institutos de la Facultad;
d) Coordinar los programas de docencia en los que participan conjuntamente las dos Escuelas, o una de ellas y el Centro de Estudios de Postgrado;
Representantes Estudiantiles:
f) Planificar la política y elaborar los planes de desarrollo de recursos humanos en materia de personal docente y de investigación y prestar su apoyo a las Escuela e Institutos, en 10 relativo a la celebración de concursos de oposición y de credenciales;
g) La relativa a la Biblioteca de la Facultad;
h) La relativa a bienestar estudiantil;
Miembros con voz sin voto:
j) La relativa al apoyo a las Comisiones, creadas por la Asamblea de la Facultad o el Consejo de la Facultad, a objeto del cumplimiento de las actividades académicas de la Facultad;
k) Las Demás que la Asamblea de la Facultad, el Consejo de la Facultad o el Decano le encomienden. «